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M. I. Ayuntamiento de CASTIELFABIB Plza de la Villa, 1 - 46141 CASTIELFABIB
(Valencia) - Teléf. 978 78 31 00 - Fax 978 78 31 29 - CIF- P-4609400-I ACTA
DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA
POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL
DIA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2003 ( N°5/003).
En el Salón de Sesiones del Ayuntamiento de CASTIELFABIB, a las
doce horas del día 10 de septiembre de 2.003, se reúnen en primera
convocatoria, bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Vicente Esteban
Bueno, los Señores Concejales D. Arturo
Cortes Asensio, D. Emilio Martínez Báguena, , D. Felipe
Esteban Yuste, D. José Carlos Más Rodríguez
y Dñª María Castellví Bea, al objeto de celebrar sesión extraordinaria
para la que han sido citados en tiempo y forma reglamentarios. Esta presente D. Cesáreo Casino Esteban, secretario-interventor Acctal. de la corporación local, para levantar acta de la sesión y prestar, durante la misma el asesoramiento legal preceptivo. Antes del inicio de la sesión el Sr. Alcalde manifiesta su agradecimiento a los Srs. Concejales Arturo Cortes Asensio y Felipe Esteban Yuste, por su dedicación y entrega en solucionar el rompimiento de la red de elevación de aguas al deposito de Los Santos, que se ha producido al haberse colocado tuberías de canalones en la obra que se realizo siendo Alcalde Ángel Jarque, y al concejal Emilio Martínez Baguena por su dedicación y entrega al sofocar el incendio, que según parece, algunos desaprensivos provocaron en el Área de Aportación de Residuos Sólidos en Castielfabib. Declarando el acto abierto por la Presidencia, se pasa al estudio y acuerdo de los asuntos consignados en el Orden del día, del siguiente tenor. 1,-APROBACIÓN DEL ACTA EN BORRADOR
DE LA SESIÓN ANTERIOR (N°4/2003, DE 27 DE JUNIO DE 2003)
Vista el acta de la Sesión anterior de fecha 27 de junio de
2003, se aprueba por cuatro votos a favor de los concejales del
Grupo Popular y dos en contra, uno de D. José Carlos Mas Rodríguez del
Partido Socialista Obrero Español, al no estar de acuerdo con el punto 4
sobre que la corporación asuma solidariamente la responsabilidad es la
gestión de la tesorería municipal, ni en suscribir una póliza de seguro
de crédito o caución, para responder a las posibles perdidas de
tesorería, por conducta negligente o culpable del tesorero, y otro del
Grupo Independiente del Municipio de Castielfabib, argumentando que
siguen afirmando, que no se nos informó que había copia de saldos en el
salón de sesiones y que si la carpeta del pleno estaba a disposición de
los concejales se tenía que haber informado en el acto celebrado, que en
el punto CUATRO en que se nombra a los representantes de alcaldes en los
barrios, al no haberse nombrado representante en Arroyo Cerezo y que el
nombramiento de tesorero al recaer en un concejal lo debería nombrar el
Pleno. 2.-TOMA DE POSESIÓN DEL CONCEJAL D.
MARCELINO MARTÍNEZ VILLALBA. Por el Sr. Alcalde se procede a la comprobación de las credenciales presentadas, así como la acreditación de la personalidad del concejal electo D. MARCELINO MARTÍNEZ VILLALBA, quien no asistió a la sesión de Constitución de la sesión extraordinaria del Ayuntamiento Pleno y elección de Alcalde celebrada el pasado 14 de junio de 2003 Por el secretario de la corporación se informa que el concejal electo ha formulado la declaración de intereses y de posibles causas de incompatibilidades que preceptúa el artículo 75.5 de la Ley 7/1985 Previa promesa del acatamiento a la constitución, conforme preceptúa el artículo 108, 6 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, el Sr. Marcelino Martínez Villalba procede a tomar posesión de sus cargos de concejal. 3,- resoluciones
y comunicaciones de la alcaldía. Se da cuenta del escrito de
fecha 19 de junio de 2003 de Dñª Mª Eulalia Castellví Bea, en calidad de
portavoz del Grupo Político Independientes de Municipio de Castielfabib,
solicitando un despacho o local con una infraestructura mínima en la
sede de la Corporación de acuerdo con el artículo 27 del R.D. 2.568/96
de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales. El Sr. Alcalde manifiesta que por el momento no hay disponibilidad de locales. 4.- COMPATIBILIDAD CONCEJALES. Dada cuenta del escrito de la Dirección General de Administraciones Autonómicas, de la Consellería de Justicia y Administraciones Públicas, de fecha 27 de agosto de 2003, por el que se solicita horario y retribuciones, así como el informe perceptivo favorable del pleno sobre la solicitud de compatibilidad presentada por el concejal D. JOSÉ CARLOS MAS RODRÍGUEZ, funcionario de la Generalitat Valenciana. Dada cuenta del escrito de D. JOSÉ CARLOS MAS RODRÍGUEZ, de fecha 1 de septiembre de 2003, por el que se solicita informe favorable del pleno de la Corporación, sobre su condición de Concejal de este ayuntamiento, al no desempeñar cargo retribuido en régimen de dedicación exclusiva, ni dedicación parcial. De conformidad con lo establecido en los artículos 5-b y 9 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y dado que el Concejal D. JOSÉ CARLOS MAS RODRÍGUEZ no desempeña cargo retribuido de dedicación exclusiva, ni dedicación parcial, por lo que se considera que sobre el indicado concejal no concurre ninguna causa de incompatibilidad para el desempeño de su cargo, la corporación por unanimidad acuerda 1. Informar favorablemente la compatibilidad de D. JOSÉ CARLOS MAS RODRÍGUEZ de su cargo de concejal de este Ayuntamiento con el de funcionario de la Generalitat Valenciana. 2. Remitir certificado de este acuerdo al interesado y a la Dirección General de Administración Autonómica de la Consellería de Justicia y Administraciones Públicas. 5.- OBRAS INCLUIDAS EN LOS PPOS/03
1º COMPROMISOS MUNICIPALES, 2º ENCARGO DE DIRECCIÓN DE OBRA,
3º ACEPTACIÓN DE LAS DELEGACIONES PARA CONTRATAR. Vista la inclusión en el Plan Provincial de Cooperación a las obras y servicios de competencia municipal para el ejercicio 2003, la corporación por cinco votos a favor, cuatro del Partido Popular y uno de Independientes del Municipio de Castielfabib y dos votos en contra del Partido socialista Obrero español, por considerar que se debía invertir en otras mas interesantes y mas rentables para el municipio, acuerda: relativas a
las obras incluidas en los PPOS'2001. 1- Comprometer las aportaciones económicas municipales por los conceptos y para las obras que a continuación se indican, incluidas en el PPOS del 2003 REFORMA PISCINA Y ACONDICIONAMIENTO 62.975,08 3.148,76 3.148,76 SI Y CUBIERTA FRONTÓN MUNICIPAL. La Corporación Municipal, de acuerdo con lo anterior se obliga al pago de la parte proporcional del importe señalado del coste, contra certificaciones de obra, según la legislación vigente, con arreglo a las cláusulas siguientes. 1- El Ayuntamiento manifiesta que carece en este momento de créditos presupuestarios para atender esta aportación y se compromete a proveer de inmediato la dotación de los mismos. 2- SI el Ayuntamiento retrasase el pago de sus aportaciones a la Diputación Provincial, las cantidades adeudadas por aquél a ésta, devengaran el interés legal de demora.
La falta de pago por parte del Ayuntamiento de las aportaciones
comprometidas al requerimiento de ingreso, facultará a la Diputación
Provincial 3- Dejando a salvo la preferencia de pago legalmente establecida, el Ayuntamiento concede a la Diputación Provincial de Valencia el carácter de acreedor preferente de los Fondos Municipales con relación a la aportación a que compromete, a cuyo efecto responderá del pago de su aportación con todos sus ingresos. 4- El Ayuntamiento faculta de forma expresa a la Diputación Provincial de Valencia el para requerir a la Delegación de Hacienda de la Provincia al objeto de que adopte las debidas disposiciones con el fin de que el setenta y cinco por ciento de todos los ingresos que le corresponda percibir a aquél en la tesorería de Hacienda, se libre de esta a favor de la Diputación Provincial hasta cubrir las cantidades comprometidas, requeridas y no satisfechas. El cobro de estos créditos por la Diputación Provincial, en sustitución del Ayuntamiento, se hará, en todo caso, de forma tal que queden a salvo las cantidades que el Tesoro tenga derecho a retener para compensar los créditos que ostente contra dicho Ayuntamiento, cualquier que sea la naturaleza de los mismos. 5- Se hace expresa aceptación del contenido correspondiente a las directrices adaptadas a la legislación legal aplicable y aprobadas por la Diputación Provincial. I-- Nombrar director técnico de las obras que se detallan en el presente acuerdo al arquitecto D. Francisco Cervera Arias, arquitecto municipal. II-- Aceptar la delegación en este ayuntamiento para contratar la obras mencionadas anteriormente y contenida en la Directriz II.3 de las aprobadas por el pleno de la Corporación Provincial en fecha 24 de noviembre de 1993 6,- OBRAS INCLUIDAS EN EL POL/03
1º APROBACIÓN DEL PROYECTO TÉCNICO
2º COMPROMISOS MUNICIPALES 3º
ENCARGO DE DIRECCIÓN DE OBRA ACEPTACIÓN DE LA DELEGACIÓN
PARA CONTRATAR 5º EJECUCIÓN DE OBRA .
Vista la inclusión en el programa Operativo Local para el ejercicio 1- Comprometer las aportaciones económicas municipales por los conceptos y para las obras que a continuación se indican, incluidas en el POL de 2003 SANEAMIENTO Y ABASTE- CIMIENTO DE AGUA EN ZONA 65.000 6.500 6.500 SI CAMPING MUNICIPAL
La Corporación Municipal, de acuerdo con lo anterior se obliga al pago de la parte proporcional del importe señalado del coste, contra certificaciones de obra, según la legislación vigente, con arreglo a las cláusulas siguientes. 1- El Ayuntamiento manifiesta que carece en este momento de créditos presupuestarios para atender esta aportación y se compromete a proveer de inmediato la dotación de los mismos. 2- SI el Ayuntamiento retrasase el pago de sus aportaciones a la Diputación Provincial, las cantidades adeudadas por aquél a ésta, devengaran el interés legal de demora.
La falta de pago por parte del Ayuntamiento de las aportaciones
comprometidas al requerimiento de ingreso, facultará a la Diputación
Provincial 3- Dejando a salvo la preferencia de pago legalmente establecida, el Ayuntamiento concede a la Diputación Provincial de Valencia el carácter de acreedor preferente de los Fondos Municipales con relación a la aportación a que compromete, a cuyo efecto responderá del pago de su aportación con todos sus ingresos. 4- El Ayuntamiento faculta de forma expresa a la Diputación Provincial de Valencia el para requerir a la Delegación de Hacienda de la Provincia al objeto de que adopte las debidas disposiciones con el fin de que el setenta y cinco por ciento de todos los ingresos que le corresponda percibir a aquél en la tesorería de Hacienda, se libre de esta a favor de la Diputación Provincial hasta cubrir las cantidades comprometidas, requeridas y no satisfechas. El cobro de estos créditos por la Diputación Provincial, en sustitución del Ayuntamiento, se hará, en todo caso, de forma tal que queden a salvo las cantidades que el Tesoro tenga derecho a retener para compensar los créditos que ostente contra dicho Ayuntamiento, cualquier que sea la naturaleza de los mismos. 5- Se hace expresa aceptación del contenido correspondiente a las directrices adaptadas a la legislación legal aplicable y aprobadas por la Diputación Provincial. I-- Nombrar director técnico de las obras que se detallan en el presente acuerdo al arquitecto D. Francisco Cervera Arias, arquitecto municipal. II-- Aceptar la delegación en este ayuntamiento para contratar la obras mencionadas anteriormente y contenida en la Directriz II.3 de las aprobadas por el pleno de la Corporación Provincial en fecha 24 de noviembre de 1993
7,-
calendario laboral 2004 y
calendario escolar 2003-2004 . Vista la necesidad de fijar las fietas locales con caracter no recuperable, a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el articulo 37.2 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo, por el que se aprueva el texto Refundido de la Ley del Estatuto de Trabajadores, a propuesta de la alcaldia, la corporación por unanimidad de sus asistentes acuerda: 1º Señalar como festividades locales con caracter no recuperable a efectos del calendario laboral para el año 2004, las siguientes. -- El día 10 de febrero, festividad de San Guillermo -- El día 8 de Septiembre, festividad de la Virgen de Gracia 2º Remitir este acuerdo a la Consellería de Economia Hacienda y Empleo, a efectos de la confección del calendario laboral de la comunidad Valenciana para el año 2004
7.2,-
calendario escolar
2003-2004 . Visto el escrito de la directora del Colegio Publico de Castielfabib, comunicando el acuerdo del Consejo Escolar del Centro en sesión ordinaria del día 30 de junio de 2003, por el que se fijan los días no lectivos para el proximo curso escolar: 1º Fijar como días no lectivos para el curso 2003-2004, en el colegio público de Castielfabib: 10 de febrero de 2004 18 de Marzo de 2004 31 de Mayo de 2004 2º Remitir este acuerdo a los servicios territoriales de la Consellería de Educación a los efectos previstos en el Real Decreto 2002/1983
8,- DECLARACIÓN DE AREA DE
REHABILITACIÓN DE LA POBLACIÓN DE CASTIELFABIB . Dada cuenta de la orden de 15 de noviembre de 2002, el conseller de obras públicas, urvanismo y transportes, sobre el desarrollo tramiteción de las medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo para el periodo 2002-2005 (DOGV Nº 3.387 de 27 de noviembre de 2002), en relación con lo dispuesto en la sección tercera, articulos 39 y 40. Estudiada la propuesta de declaración de area de reabilitación del casco antiguo de Castielfabib, el concejal D. Marcelino Martinez Villalba pide que se solicite mas ayudas o que se pueda eximir las tasas por licencia de obras y que se haga un esfuerzo para conseguir mas ayudas para limpieza y adecuación de fachadas. El Sr Alcalde dice que el Ayuntamiento no puede perdonar las tasas por licencia de obras, que en ocho años no se han subido los impuestos que subió el PSOE en contra del PP La concejal Dñª María Castellví Bea esta a favor de esta declaración pero considera que se queda corta, ya que en su opinión debería extenderse a todas las poblaciones de Municipio. Despues de amplia deliberación sobre el particular por unanimidad de los asistentes se acuerda: 1º Abrobar la Declaración de ärea de reabilitación del casco antiguo de Castielfabib. 2º Facultar al Sr. Alcalde para cuantas gestiones y firma de documentos precise la consecución del presente acuerdo. 3º Remitir certificado del presente acuerdo a la consellería de territorio y vivienda.
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